A PARTIR DEL PRÓXIMO LUNES 28 DE ABRIL LA OTA SE EXTIENDE A LOS BARRIOS ALTOS DE ERREKALDE – Ampliación de la zona de aparcamiento regulado.

A PARTIR DEL PRÓXIMO LUNES 28 DE ABRIL LA OTA SE EXTIENDE A LOS BARRIOS ALTOS DE ERREKALDE

  • El horario de funcionamiento de la OTA en los barrios de Betolaza/Uretamendi, Iturrigorri/Peñascal y Larraskitu Sur será el correspondiente al área residencial.
  • Errekaldeberri también adecua su ámbito de aparcamiento regulado con nuevas calles.
  • Las personas residentes en estas zonas pueden solicitar su tarjeta de residente, que les permitirá estacionar sin limitación de tiempo dentro de su correspondiente ámbito.
  • Las solicitudes pueden tramitarse tanto de forma presencial como a través de la sede electrónica (www.bilbao.eus/eudala).

A partir del próximo lunes, 28 de abril, los barrios altos de Errekalde (Betolaza/Uretamendi, Iturrigorri/Peñascal y Larraskitu Sur) contarán con sus respectivos ámbitos regulados de OTA, donde las personas residentes en los correspondientes cuadrantes podrán estacionar.

Por otro lado, el ámbito de Errekaldeberri también amplía su zona de aparcamiento regulado en nuevas calles.

El horario de funcionamiento de la OTA en estos ámbitos será el correspondiente al área residencial, de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 y de 15:00 a 19:00 horas. Los sábados no habrá OTA, y en agosto solo funcionará por las mañanas.

Los ámbitos de OTA se pueden consultar en la web: www.bilbao.eus

Las personas que viven en estas zonas, donde habrá sector Verde, pueden solicitar su tarjeta de residentes, que les permitirá estacionar sin limitación de tiempo dentro de su ámbito.

Las solicitudes del distintivo se podrán realizar a través de los siguientes canales:

  • La web municipal (Bilbao.eus).
  • La Oficina de Atención a la Ciudadanía (c/ Lersundi, 5. 48009 Bilbao)

    Teléfono: 94 470 10 47

    Horario de atención: De lunes a viernes: de 8:30 h a 20:00 h. Sábados: de 8:30 h a 14:00 h.

Los nuevos ámbitos OTA tendrán la tarifa anual B, 50 €/año y en su caso, prorrateada por trimestres naturales.

Entre otras condiciones se establece que:

  • La persona residente deberá estar empadronada en Bilbao, en el mismo domicilio para el que se solicita la Tarjeta.
  • El domicilio debe coincidir con el de su empadronamiento y con el que figure en el NIF o NIE, en su Permiso de Conducción en vigor y en el Permiso de Circulación de su vehículo.
  • El vehículo del que es titular será un turismo o asimilado y debe estar al corriente del pago en Bilbao.
  • El vehículo con Tarjeta OTA no puede estar adscrito a una plaza de un Aparcamiento de Residentes Municipal.
  • Sólo se concederá 1 Tarjeta por residente y un máximo de 2 por domicilio, incluido en el total la posesión de una plaza de aparcamiento de residente municipal.

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